viernes, 14 de noviembre de 2014

Resumen NIA 710

NIA 710
Información comparativa –cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos


Esta NIA trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con la información comparativa en una auditoría de estados financieros. Si los estados financieros del periodo anterior fueron auditados por un auditor predecesor o no fueron auditados, los requerimientos y las orientaciones de la NIA 510 con respecto a los saldos de apertura también son de aplicación. 

Los objetivos del auditor son: obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si la información comparativa incluida en los estados financieros se presenta, en todos los aspectos materiales, de conformidad con los requerimientos del marco de información financiera aplicable relativos a la información comparativa; y emitir un informe de conformidad con las responsabilidades del auditor.
Encontramos algunas definiciones:
Información comparativa: son importes a revelar los cuales fueron incluidos en estados financieros, relativos a uno o más periodos anteriores;
Cifras correspondientes a periodos anteriores: información comparativa consistente en importes e información revelada del periodo anterior que se incluyen como parte integrante de los estados financieros del periodo actual, con el objetivo de que se interpreten exclusivamente en relación a importes del periodo actual;
Estados Financieros Comparativos: información a revelar del periodo anterior que se incluyen a efectos de comparación con los estados financieros actuales, y a los que, el auditor hará mención si fueron auditados o no.
Como procedimiento de auditoria, el auditor determinará si los estados financieros incluyen la información comparativa requerida por el marco de información financiera aplicable y si dicha información está adecuadamente clasificada.

El auditor evaluará si: la información comparativa concuerda con los importes y otra información presentada en el periodo anterior o, cuando proceda, si ha sido re expresada; y  las políticas contables reflejadas en la información comparativa son congruentes con las aplicadas en el periodo actual o, en el caso de haberse producido cambios en las políticas contables, si dichos cambios han sido debidamente tenidos en cuenta y adecuadamente presentados y revelados. 

1 comentario:

  1. Muy completo el Blog Eliceo.

    Hay que mantenerlo con los otros cursos.

    Exitos.

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