Sobre esta NIA 580 se puede
decir que, es la que da los lineamientos que sirven como evidencia obtenida por
parte de la administración, la cual se manifiesta con una Representación
Escrita.
Dentro de las
responsabilidades del auditor referente a las Representaciones Escritas, se
pueden mencionar: la evaluación de la información proporcionada; si dicha
información incluida en ellas representa información razonable de las
evidencias; y la consideración si las personas que elaboran las
representaciones están bien informadas de los temas incluidos en éstas.
Como algunas consideraciones
importantes de las representaciones están:
ü No
son sustitutas de las evidencias de auditoria;
ü En
algunas ocasiones muy especiales pueden servir de evidencia;
ü Si
existe alguna contradicción en ellas, el auditor debe hacer una investigación
de las circunstancias para determinar su validez.
Las representaciones se
pueden documentar por medio de una carta por parte de la Administración
referente a algún asunto en específico de la entidad que se quiera explicar,
así mismo, el auditor puede extender una carta explicando la comprensión de las
representaciones proporcionadas por la administración. Las Minutas importantes
de la Junta Directiva cumplen en cierto modo, una función de representación
escrita. En algunos casos se pueden obtener manifestaciones orales por parte de
la administración, pero estas tienen que ser documentadas para ser tomadas como
válidas en un proceso de auditoría.
Para cumplir con la calidad
de Manifestación o Representación Escrita, estas deben tener algunos elementos,
dentro de los cuales están:
ü Deben
ser dirigidas a la firma de auditoria con las características especificadas por
el auditor
ü La
fecha tiene que ser la misma que la fecha del dictamen;
ü Debe
estar firmada por el responsable que tenga un función primaria dentro de la
institución.
En caso de que la
administración se rehúse a dar una Representación Escrita al auditor, este
deberá considerar esta decisión como una limitación en el alcance de la
auditoria.
No hay comentarios:
Publicar un comentario